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 ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO?

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MensajeTema: ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO?   ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO? Icon_minitimeLun 15 Feb 2010 - 22:56

Pues tuvimos una urgencia en determinado convento de monjas de determinado lugar de por aqui, y tras esperar unos 5 minutos largos a que nos abrieran las puertas del castillo, nos mandan esperar en la entrada de dicho convento, en todo momento vigilados por una de las hermanas... tras la valoracion médica, se convino no trasladar ya que estas señoras se mostraron un tanto reacias a que su compañera abandonara el recinto a menos que fuera necesario, (para acabar trasladando horas después por crisis hipertensiva). La pregunta ahora que me planteo, es ¿ Importan más sus normas que el servicio sanitario que demandan? ¿tenemos que acoplarnos a sus reglas?
"Espere ud. aqui si es tan amable". Pero esto ¿que es? ¿Nos llaman para que esperemos en la entrada? Paciencia y opiniones ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO? Icon_evil
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MensajeTema: Re: ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO?   ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO? Icon_minitimeMar 16 Feb 2010 - 0:18

Yo he vivido situaciones semejantes y no solo en un convento, sino que en una ocasión fue en una comisaria pero no recuerdo en que pueblo próximo a Valencia. Piden un SAMU y tras llegar nos hacen esperar 15 minutos para ver a la paciente.
Yo soy de la opinión de no complicame la vida si puedo. Que me hacen esperar, les explico que no es de recibo, que no hacen caso, lo escribo en la historia clínica. Que la cosa no mejora.Llamo al coordinador y le expongo la situación.
Claro esto es mi opinión personal......
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Mario
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MensajeTema: Re: ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO?   ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO? Icon_minitimeMar 16 Feb 2010 - 11:41

Es sencillo:
1- Ante la imposibilidad de atender al paciente, se comunica al obstructor las consecuencias legales, omisión de socorro y otros...
2- Si no razona, se comunica al CICU la circunstancia y que decidan. Si esperamos, si mandan fuerzas del orden o si nos vamos (no creo...)
3- Como la respuesta será "intentad razonar, esperad y si sale otro aviso durante la espera os lo paso y os vais".
a) Razono de nuevo... que no... ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO? Icon_evil
b) Busco una silla
c) Me siento
d) Y pienso... ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO? Icon_rolleyes
e) que trabajo por horas. ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO? Icon_lol
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MensajeTema: Re: ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO?   ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO? Icon_minitimeMar 16 Feb 2010 - 14:33

No le veo yo tanto problema, siendo mayor de edad y no estando enajenado, firma el parte de que rechaza la asistencia y puerta.
Y si en el mismo caso, son terceros los que impiden la asistencia, se pide a la autoridad competente y que procedan en consecuencia.
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MensajeTema: Re: ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO?   ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO? Icon_minitimeMiér 17 Feb 2010 - 23:00

Hola a todos la verdad esque vuestras opiniones las veo apropiadas, aunque… con la iglesia hemos topao. Yo soy de los que no me gusta mucho la iglesia, de hecho, he ido alguna vez a avisos a hora de misa y los muy ... no han parado de divulgar la palabra del Señor, ese señor que todo la sabe y todo lo puede; pero no puede parar al cura, para preocuparse por una señora que ama a Dios sobre todas las cosas y se ha puesto enferma.



Mcgraner si lo que me contó una agente de policía no es una bola, ellos tienen un pacto con el obispado en el que dice que no pueden entrar a un templo ni conventos portando armas, a menos que persigan a un delincuente.



Saludos a todos.


Última edición por McGraner el Jue 18 Feb 2010 - 11:55, editado 1 vez (Razón : Por favor opinemos con libertad pero con respeto.)
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MensajeTema: Re: ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO?   ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO? Icon_minitimeJue 18 Feb 2010 - 12:08

TSSUSU, eso es de perogrullo, ni en el Obispado ni en tu casa, salvo flagrante delito (553LECrim)(21.3L.O.1/92)(18.2C.E.) o con orden judicial.
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MensajeTema: ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO?   ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO? Icon_minitimeJue 18 Feb 2010 - 19:27

TTSUSU, menos mal que no tuviste que auscultarla y tomar PA..... sino te habria tocado decirle al cura y compañia que callarán un momento..... ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO? Icon_eek

Lo que no entiendo mucho es el final de tu post, eso de "Última edición......etc". No sé a que viene, en todo caso nos lo explicas.



Adéu-siau
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MensajeTema: Re: ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO?   ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO? Icon_minitimeVie 19 Feb 2010 - 12:30

Pep, editado por Administrador, adjetivo calificativo no apropiado, aprendamos de los errores y mejoremos la calidad de la web.
(la tijera Pepe, que viene la tijera... ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO? Icon_twisted )
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MensajeTema: Re: ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO?   ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO? Icon_minitimeVie 19 Feb 2010 - 19:54

Esto ralla lo absurdo, pero que voy a decir... digo yo que pueden clamarse igual donde se tengan que clamar en su (..)bendito monasterio que en la ambulancia ¿no?
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MensajeTema: Re: ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO?   ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO? Icon_minitimeVie 19 Feb 2010 - 22:10

Tu haz tu faena bien hecha, y el resto que apañe por donde puedan o sepan, que si algo caracteriza nuestro trabajo es la igualdad, una victima es una victima, sea del color, creencia, ideología, orientación sexual, o lo que quiera ser, la atendemos lo mejor que sabemos o podemos y puerta.
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MensajeTema: Re: ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO?   ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO? Icon_minitimeVie 19 Feb 2010 - 23:06

Eso sin dudarlo Quique, máxime que sabes que me gusta este trabajo y hacerlo lo mejor que sé, pero hay actitudes que me fastidian, como es el caso, que nos movilizaron dos veces p0r lo mismo, ya que la primera vez no quiso ser trasladada... quería saber opiniones, porque sé que vemos de todo, o casi. ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO? Icon_scratch Saludots
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MensajeTema: Re: ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO?   ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO? Icon_minitimeSáb 20 Feb 2010 - 16:24

De la Declaración Universal de los Derechos Humanos:
Artículo 1.



  • Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.




Artículo 2.



  • Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.


Artículo 18.



  • Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.




Artículo 19.



  • Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.




Artículo 20.



  • 1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.

Artículo 29.



  • 1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
  • 2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.

http://www.un.org/es/documents/udhr/index.shtml

De la Ley general de Sanidad:

Artículo 10.
Todos tienen los siguientes derechos con respecto a las distintas administraciones públicas sanitarias:


  1. Al respeto a su personalidad, dignidad humana e intimidad, sin que pueda ser discriminado por razones de raza, de tipo social, de sexo, moral, económico, ideológico, político o sindical.

  2. A la información sobre los servicios sanitarios a que puede acceder y sobre los requisitos necesarios para su uso.

Artículo 11.
Serán obligaciones de los ciudadanos con las Instituciones y organismos del sistema sanitario:


  1. Cumplir las prescripciones generales de naturaleza sanitaria comunes a toda la población, así como las específicas determinadas por los servicios sanitarios.

  2. Cuidar las instalaciones y colaborar en el mantenimiento de la habitabilidad de las Instituciones sanitarias.

  3. Responsabilizarse del uso adecuado de las prestaciones ofrecidas por el sistema sanitario, fundamentalmente en lo que se refiere a la utilización de servicios, procedimientos de baja laboral o incapacidad permanente y prestaciones terapéuticas y sociales.

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l14-1986.html

Del Código Deontológico de Enfermería:

Artículo 4
La Enfermera/o reconoce que la libertad y la igualdad en dignidad y derecho son valores compartidos por todos los seres humanos que se hallan garantizados por la Constitución Española y Declaración Universal de Derechos Humanos.
Por ello, la Enfermera/o está obligada/o tratar con el mismo respeto a todos, sin distinción de raza, sexo, edad, religión, nacionalidad, opinión política, condición social o estado de salud.

Artículo 5
Consecuentemente las Enfermeras/os deben proteger al paciente, mientras esté a su cuidado, de posibles tratos humillantes, degradantes, o de cualquier otro tipo de afrentas a su dignidad personal.

Artículo 6
En ejercicio de sus funciones, las Enfer-meras/os están obligados a respetar la libertad del paciente, a elegir y controlar la atención que se le presta.

Artículo 7
El consentimiento del paciente, en el ejercicio libre de la profesión, ha de ser obtenido siempre, con carácter previo, ante cualquier intervención de la Enfermera/o. Y lo harán en reconocimiento del derecho moral que cada persona tiene a participar de forma libre, y validamente manifestada sobre la atención que se le preste.

Artículo 14
Todo ser humano tiene derecho a la vida, a la seguridad de su persona y a la protección de la salud. Nadie puede ser objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, en su familia o su domicilio.

Artículo 15
La Enfermera/o garantizará y llevará a cabo un tratamiento correcto y adecuado a todas las personas que lo necesiten, independientemente de cuál pueda ser su padecimiento, edad o circunstancia de dichas personas.

Artículo 53
La Enfermera/o tendrá como responsabilidad primordial profesional la salvaguarda de los Derechos Humanos, orientando su atención hacia las personas que requieran sus cuidados.

Artículo 54
La Enfermera/o debe adoptar las medidas necesarias para proteger al paciente cuando los cuidados que se le presten sean o puedan ser amenazados por cualquier persona.
Artículo 57
La Enfermera/o debe ejercer su profesión con responsabilidad y eficacia, cualquiera que sea el ámbito de acción.

http://www.terra.es/personal/duenas/codigo.htm

Siento haberme alargado tanto en el previo a la respuesta, pero era para hacer un marco legal de algunos de los derechos y obligaciones que tenemos tanto como pacientes, como sanitarios...

- Sí, nos toca esperar...Yo he esperado en cárceles, he esperado en comisarías, he esperado en discotecas...

- Como ha dicho Vicente, se comunica al usuario, se comunica al CICU y quedas a la expectativa de lo que suceda. En muchas ocasiones, nos encontramos con que ni siquiera conocen el concepto de "unidad de emergencias" y piensan que es el médico de "tota la vida" el que los visita en su entorno.

- En otras tantas muchas ocasiones, me he encontrado con que el paciente no quiere ser trasladado pese a nuestras recomendaciones y pese a saber a priori que en breve volvería a llamar, ha firmado el "in situ" voluntario y nos hemos ido...En muchas ocasiones ha vuelto a llamar y hemos vuelto a asistirle (con sus mismos derechos, los nuestros y sus obligaciones y las nuestras) y en otras ocasiones no ha vuelto a llamar.

- También comentar que he tenido que tomar tensiones y auscultar en entornos mucho más ruidosos que una iglesia y nadie ha parado, ni la orquesta de la boda, ni le ha dicho al dj que baje la música.

- Mc Graner, de acuerdo absolutamente con tu último post.

Un saludo.


Última edición por RO el Sáb 20 Feb 2010 - 20:53, editado 1 vez
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MensajeTema: Re: ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO?   ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO? Icon_minitimeSáb 20 Feb 2010 - 16:49

AMÉN ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO? Icon_cheers
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MensajeTema: Re: ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO?   ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO? Icon_minitimeSáb 20 Feb 2010 - 21:33

Falconegre escribió:
AMÉN ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO? Icon_cheers

Casi que me edito....

Pensaba que hablabais seriamente del tema.

Un saludo.
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MensajeTema: Re: ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO?   ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO? Icon_minitimeDom 21 Feb 2010 - 1:02

Te parece poco serio el asunto Ro???
Pues anda que los "malentendidos" generados por estas situaciones acostumbran a traer bastante "cola"... como para tomarlo a broma.
Lo has documentado perfectamente.
Hace unos días, dándoles clase a los de la FP,se suscito el debate de las competencias, los futuros TES ardían en ansia de tener competencias propias, al punto que tuve que aplicar una rociadita de agente extintor para enfriar los animos recordando que las tan ansiadas competencias, vienen acompañadas por las no tan deseadas responsabilidades, y que el día que se lleven por delante al primer "Técnico" ese día se abrirá la veda.
Como para que no se lo vayan tomando el asunto en serio.
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MensajeTema: Re: ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO?   ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO? Icon_minitimeDom 21 Feb 2010 - 1:50

McGraner escribió:
Te parece poco serio el asunto Ro???.
Me parece poco seria la respuesta del compañero...dí una explicación al post anterior (no en el post de los artículos, sino en el posterior) y luego medité y la edité...
No pretendo "sermonear" (si se me permite el término) a nadie, ni dictar sentencia, únicamente he citado unos artículos que (quitando el código deontológico de Enfermería, que los enfermeros debemos conocer) deberíamos conocer todos y luego basándome en ellos, he dado mi opinión...Sin querer ni sentar cátedra, ni dictar dogmas.


Un saludo.
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MensajeTema: Re: ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO?   ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO? Icon_minitimeDom 21 Feb 2010 - 10:45

Vamos a ver Ro, creo que no me has entendido, así que si me permites te lo explico: Me ha parecido muy buena tu explicación y tus argumentos, por eso he dicho amén, no que me estuviera burlando ni nada por el estilo. Lo malo que tiene la escritura es que a veces, da lugar a malentendidos, pero para nada me ha parecido mal, al contrario. Por eso abrí el hilo, para saber vuestras opiniones. Así que me disculpas si te has sentido ofendida.
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MensajeTema: Re: ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO?   ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO? Icon_minitimeDom 21 Feb 2010 - 13:05

Como te he comentado por mensaje privado...problemas mayores merecen preocupaciones mayores...
Yo por eso no me enfado, solo que después de leer los post previos y tu respuesta final, me sonó a choteo.

Un saludo.
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MensajeTema: Re: ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO?   ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO? Icon_minitimeDom 21 Feb 2010 - 14:26

Gracias
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MensajeTema: ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO?   ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO? Icon_minitimeDom 21 Feb 2010 - 15:15

McGraner escribió:
Pep, editado por Administrador, adjetivo calificativo no apropiado, aprendamos de los errores y mejoremos la calidad de la web.
(la tijera Pepe, que viene la tijera... ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO? Icon_twisted )

Quique no veo ningún adjetivo calificativo no apropiado, a mi tampoco me gustaría que apareciesen en el foro. Pero bueno será questión de interpretaciones. Tienes razón en una cosa "la tijera" nunca ha dejado de funcionar en este pais....tristemente.

RO
Todas estas declaraciones son muy interesantes, pero generalmente se suelen quedar en el papel en muchos de los casos....una lástima ¿no te parece?
El art.18 dice"......este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia..........". No será aquí ¿verdad?, pues está organización religiosa mayoritaria en nuestro pais, con su poder, presiones y acuerdos derivados de su situación todavia de privilegio (escandaloso en algunas ocasiones) está consiguiendo que no se aplique la Ley de Protección de Datos y que si algún ciudadano/na no quiere figurar en sus registros, sea borrado. Después hablan de respetar y ser respetados..........por supuesto faltaría más.


Adéu-siau.
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MensajeTema: Re: ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO?   ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO? Icon_minitimeDom 21 Feb 2010 - 21:01

¡Hola a todos! Hacía días que quería intervenir pero por falta de tiempo no me ha sido posible.

Creo que poco más queda que decir después de lo dicho. Solamente a titulo informativo comentar que lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) no es de aplicación en este supuesto dado que no se esta investigando ningún hecho criminal que deba ser enjuiciado, sino se que esta prestando un servicio sanitario, y si me apuras, un servicio humanitario.

En el mismo sentido, veo que se ha hecho mención a varias leyes y una declaración universal, pero nadie ha hecho mención de la normal básica y pilar en torno la cual giran todas las leyes de aplicación en el territorio nacional... LA CONSTICIÓN ESPAÑOLA DE 1978.

Recomiendo encarecidamente su lectura, especialmente el Titulo I. Y dentro de ese Título, el Capitulo II Sección I De Los Derechos Fundamentales y Libertades Públicas (art. 14 a 29).

Un saludo.
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MensajeTema: Re: ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO?   ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO? Icon_minitimeDom 21 Feb 2010 - 22:13

Vamos a ver si aclaro este berenjenal que hemos liado y en el que tristemente observo que no podemos evitar hacer juicios de valor de un paciente por su condición.

1º-Pep. No ves el adjetivo calificativo en cuestión por que como has podido leer el post ha sido editado en pos de intentar conseguir en el foro una linea de calidad y seriedad, y una vez mas veo que el sarcasmo que no ha funcionado.

2º-Falconegre. Cuantas veces nos activan inadecuadamente de cuantos sitios incluidos centros de A.P. y nos adaptamos a la situación en pos del paciente??? Tan dificil es entender que un convento, un colegio, una prisión, una sala de fiestas... todos tienen sus normas de funcionamiento nos gusten mas o menos y a ello nos adaptamos en nuestra actuación, y que un paciente es un paciente sea un clerigo o un drogodependiente???

3º-El mono. Mi alusión en la respuesta a TTSUSU a la LECrim,LO1/92 y CE, se hacia en el contexto de su comentario:
Mcgraner
si lo que me contó una agente de policía no es una bola, ellos tienen
un pacto con el obispado en el que dice que no pueden entrar a un
templo ni conventos portando armas, a menos que persigan a un
delincuente.

y no en relación al la intervención sanitaria.

4º-Pep. Por muchas vueltas que le doy, no se que tiene que ver la exposición de RO y el tema de la intervención sanitaria en el interior de un convento, con tu comentario sobre las libertades contempladas en el art. 18 de la C.E.:
Todas estas declaraciones son muy interesantes,
pero generalmente se suelen quedar en el papel en muchos de los
casos....una lástima ¿no te parece?
El art.18 dice"......este
derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de
creencia..........". No será aquí ¿verdad?, pues está organización
religiosa mayoritaria en nuestro pais, con su poder, presiones y
acuerdos derivados de su situación todavia de privilegio (escandaloso
en algunas ocasiones) está consiguiendo que no se aplique la Ley de
Protección de Datos y que si algún ciudadano/na no quiere figurar en
sus registros, sea borrado. Después hablan de respetar y ser
respetados..........por supuesto faltaría más.
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MensajeTema: Re: ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO?   ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO? Icon_minitimeDom 21 Feb 2010 - 22:22

Queda claro Quique, solo que no deja de "sorprenderme" ciertas conductas. Aunque con las diversas opiniones que habéis dado... ya está bien.
Hay que ver que temitas abro eh... ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO? Icon_rabbit Saludos
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MensajeTema: ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO?   ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO? Icon_minitimeDom 21 Feb 2010 - 23:43

Quique no te preocupes, por alusiones ya está claro el tema del adjetivo, a mi como he comentado tampoco me gustan que aparezcan en el foro. Con respecto a la segunda alusión, no le pegues más vueltas, simplemente he dado mi opinión sobre uno de los artículos que comenta RO en este tema que estamos tratando, como podiamos haber opinado sobre el resto de los articulos y sus implicaciones en este tema.

Para mi lo más importante sigue siendo el paciente y me resulta completamente igual que este en su casa, en la vía publica, en una iglesia o en una casa de citas, que tambien hemos ido y esto es lo que nunca debemos olvidar.



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MensajeTema: Re: ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO?   ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO? Icon_minitimeLun 22 Feb 2010 - 4:22

McGraner escribió:
3º-El mono. Mi alusión en la respuesta a TTSUSU a la LECrim,LO1/92 y CE, se hacia en el contexto de su comentario:
Mcgraner
si lo que me contó una agente de policía no es una bola, ellos tienen
un pacto con el obispado en el que dice que no pueden entrar a un
templo ni conventos portando armas, a menos que persigan a un
delincuente.

y no en relación al la intervención sanitaria.

La LECrim no habla en sus artículos de si la policía puede o no llevar armas en un centro religioso. Habla, entre otras cosas, de la detención (persecución de un delincuente), y de en qué supuestos puede entrar por la fuerza a un domicilio particular sin necesidad de orden judicial.

Un templo religioso goza tiene determinadas peculiaridades, al igual que las universidades.

La permanencia de la Policía en esos lugares se debe de ajustar a determinados supuestos, pero en el CNP, el servicio se presta con arma.

Me ha llamado la atención que hicieras referencia a ese artículo.

Un saludo.

PD: TTSUSU ¿te dijo esa Policía a quién le tenía que dejar el arma? ¿Al párroco quizás? ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO? Lol
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MensajeTema: Re: ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO?   ¿QUE PASA CON EL PERSONAL RELIGIOSO? Icon_minitime

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